La Corte Suprema anula dos decisiones del Quinto Circuito, confirma las protecciones de la Primera Enmienda y los derechos civiles.

9 de noviembre de 2020

La semana pasada, la Corte Suprema anuló dos horribles decisiones del Quinto Circuito. El año pasado, el Quinto Circuito dictaminó que un manifestante de derechos civiles puede ser considerado responsable por una protesta pacífica en la que una persona no identificada lanza una piedra, pero los agentes gubernamentales identificados no pueden ser considerados responsables por obligar a un prisionero a dormir desnudo en una celda cubierta de heces durante seis días. No es una casualidad que el Quinto Circuito emitiera estas dos decisiones aparentemente contradictorias sobre la responsabilidad el año pasado. Aunque el Quinto Circuito ha sido conservador durante mucho tiempo, los republicanos del Senado se negaron a permitir que el presidente Obama cubriera varias vacantes en la corte, y por lo tanto Trump ha remodelado sustancialmente la corte. Trump ha nombrado a cinco de los 17 jueces activos del Quinto Circuito. Actualmente hay 11 jueces nominados por el Partido Republicano y solo cuatro nominados demócratas. El Quinto Circuito hoy prefigura cómo se verán otras cortes cuando y si se permite a Trump continuar su proyecto de capturar los tribunales federales. Estas dos decisiones de la Corte Suprema que anulan decisiones del Quinto Circuito son un pequeño punto brillante, no solo porque las decisiones del Quinto Circuito fueron horribles, sino también porque quizás podamos esperar que, aunque hayamos perdido la Corte Suprema, no simplemente aprueben a ciegas las decisiones emitidas por los jueces de tribunales inferiores de la Sociedad Federalista.

McKesson v. Doe es una demanda presentada por un oficial de policía de Baton Rouge que alega haber sido herido durante una protesta de BLM organizada por DeRay McKesson. Después de un largo litigio, la Quinta Circunscripción dictaminó que McKesson podría ser considerado personalmente responsable de los daños, basándose en la teoría de que organizó la protesta negligentemente, causando así indirectamente la presunta agresión al oficial. Grupos de derechos civiles argumentaron ampliamente que McKesson v. Doe fue una decisión horrible y que se decidió erróneamente; la Primera Enmienda protege a los organizadores de protestas de ser considerados personalmente responsables por presuntas lesiones causadas por terceros. Sin abordar la cuestión de la Primera Enmienda, la Corte Suprema anuló la decisión del tribunal inferior y la remitió para un proceso llamado “certificación”. La certificación es cuando un tribunal federal de apelaciones falla esencialmente sobre una cuestión constitucional antes de que un tribunal inferior decida un caso en el que la cuestión esté implicada.

Aquí, la Corte Suprema instruyó a la Corte de Apelaciones de Luisiana a certificar ante la Corte Suprema de Luisiana si 1) McKesson podría haber incumplido un deber de cuidado al organizar y liderar la protesta, y 2) el oficial alegó suficientemente un riesgo particular protegido por el deber de cuidado, siempre que exista uno. Esencialmente, los demandantes primero tienen que demostrar que McKesson sería responsable según la ley de daños y perjuicios de Luisiana, independientemente de cualquier protección de la Primera Enmienda. Si bien este es indudablemente un mejor resultado que si la Corte Suprema hubiera denegado la revisión (respaldando tácitamente la horrible opinión de la Quinta Circunscripción), no está claro si el resultado se alterará de alguna manera.

En otra orden emitida la semana pasada, Taylor contra Riojas, la Corte Suprema anuló la concesión de inmunidad calificada por parte de la Corte de Apelaciones del Quinto Circuito a los oficiales que obligaron a un prisionero a dormir en una celda cubierta de heces. Es importante destacar que, al otorgar la revisión y anular la decisión del Quinto Circuito, la Corte Suprema ha abierto una pequeña grieta en la doctrina hasta ahora impenetrable de la inmunidad calificada. En este caso, el tribunal inferior dictaminó que, aunque el riesgo para la salud de dejar a alguien desnudo durante seis días en una celda cubierta de desechos humanos era “obvio”, los funcionarios de la prisión no podían ser demandados porque no había ningún caso previo que lo sostuviera específicamente. La Corte Suprema anuló hoy esa decisión y sostuvo que “cualquier oficial razonable” debería haberse dado cuenta de que tal conducta violaba la constitución, a pesar de que no había jurisprudencia previa específica al respecto.

Uno de los aspectos más frustrantes de litigios contra la doctrina de inmunidad calificada (que es una doctrina creada por jueces que impide que los agentes gubernamentales sean responsables por violaciones de derechos constitucionales) es que los tribunales han sostenido una y otra vez que, a menos que exista un caso previo directamente relevante para los hechos de su caso, los agentes gubernamentales no pueden ser considerados responsables; usualmente, a menos que usted pueda señalar un caso previo que tenga exactamente el mismo conjunto de hechos que el que está litigando, es imposible responsabilizar a los actores gubernamentales por su mala conducta porque, según la doctrina, es razonable que ellos no sepan que su conducta era inconstitucional.

Sin embargo, Hope contra Pelzer, un caso que la Corte Suprema citó como base para anular la decisión de la Quinta Circunscripción en Taylor, es el raro caso de inmunidad calificada que sostiene lo contrario; Esperanza sostiene que no siempre se necesita un caso directamente aplicable para declarar responsables a los agentes del gobierno: “una regla constitucional general ya identificada en la jurisprudencia puede aplicarse con obvia claridad a la conducta específica en cuestión”. Esta pequeña ventana, en la que la Corte Suprema ha admitido que a veces es posible considerar que una conducta es tan irrazonable que se presume que el actor gubernamental sabía que violaría la constitución, ofrece una pequeña vía para intentar responsabilizar a los actores gubernamentales por su conducta.

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