Manual legal básico sobre ferrocarriles, puertos y servicios públicos

11 de septiembre de 2014

Esta guía legal básica tiene como propósito ser un recurso legal fundamental para activistas y observadores legales involucrados en protestas en o alrededor de ferrocarriles, puertos e instalaciones energéticas.

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Utiliza esta guía para entender en qué te estás metiendo antes de tomar cualquier acción. Si eres arrestado, te estás obligando al sistema legal penal federal y/o estatal, lo cual puede tener consecuencias que incluyen una condena, cárcel y/o libertad condicional. Actúa en consecuencia. Si no eres capaz de lidiar con las consecuencias de un arresto y de solidarizarte con tu comunidad contra la represión gubernamental, no te arriesgues a ser arrestado. El activismo puede tomar muchas formas, así que sé honesto/a contigo mismo/a sobre cómo puedes ser más efectivo/a en la lucha por la justicia climática.

Por favor, tenga en cuenta que este manual no constituye asesoramiento legal ni establece una relación abogado-cliente.

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Este manual tiene como propósito complementar la capacitación "Conoce tus derechos" del Civil Liberties Defense Center y no incluye una discusión sobre los cargos y castigos más comunes que los activistas enfrentarán por allanamiento criminal, conducta desordenada, daños a la propiedad, etc.

Cada estado tiene leyes diferentes que pueden aplicarse a acciones en propiedades de ferrocarriles, puertos o instalaciones energéticas. Este resumen se centra en Washington y Oregón y no pretende reemplazar la investigación diligente por parte de las campañas en estos u otros estados. ¡Haz tu investigación!

Ferrocarriles

Las vías del ferrocarril, y generalmente la tierra hasta 50 pies a cada lado, son propiedad privada de las corporaciones ferroviarias. La policía ferroviaria tiene jurisdicción interestatal y puede investigar y hacer cumplir todos los delitos contra el ferrocarril de acuerdo con la ley estatal, independientemente de si los oficiales están o no en propiedad del ferrocarril.

¿Cuáles son los riesgos?

Existen cargos estatales y federales especiales que pueden presentarse contra los manifestantes que interfieren con ferrocarriles y trenes.

  1. Los cargos federales suelen implicar el uso de la violencia, pero muchas acciones no violentas pueden acarrear cargos graves. Los cargos federales relacionados con los ferrocarriles incluyen:

Ataques terroristas y otras violencias contra transportistas ferroviarios y contra sistemas de transporte masivo por tierra, agua o aire (18 U.S.C. § 1992)

Este es un cargo grave. Cubre muchos comportamientos no violentos que normalmente no se consideran “terrorismo”.”

Deshabilitar, dañar o descarrilar cualquier equipo o vehículo en vías, así como inutilizar o dejar inservibles vías, depósitos, puentes, túneles, señales, almacenes, etc., califica como un “ataque terrorista” según este estatuto.

También podrías ser multado bajo este estatuto por remover, dañar o inutilizar una señal de despacho, cruce o control, así como por interferir con conductores, ingenieros o guardias de tren con imprudencia temeraria.

También es importante notar que recopilar información, vigilar, fotografiar, grabar en video o diagramar ferrocarriles o equipos para ayudar en cualquiera de estos comportamientos también puede considerarse un “acto terrorista”, al igual que el intento, la amenaza, el concierto o la transmisión de información falsa sobre un intento de realizar cualquiera de lo anterior.

Esto es un Delito de clase C punible con hasta 20 años de prisión y/o multas.

(Nota: este cargo se aplica a trenes o transportistas de transporte masivo involucrados en el comercio interestatal o extranjero, o a personas que cruzan las líneas estatales para cometer los actos).

Destrucción de materiales, locales o servicios de defensa nacional* (18 U.S.C. § 2155)

A pesar de su nombre, este cargo cubre muchas vías férreas. Causar lesiones o destruir material, instalaciones o servicios públicos de defensa nacional es un delito, siempre y cuando tenga la intención de lesionar, interferir u obstruir la defensa nacional. También es un delito intentar hacerlo.

“Materiales, instalaciones y servicios públicos” incluyen cualquier ferrocarril que pueda transportar materiales o tropas de defensa, lo que podría ser la mayoría de los ferrocarriles.

Esto es un Delito de clase C punible con hasta 20 años de prisión y/o multas.

Entrar a un tren para cometer un delito (18 U.S.C. § 1991)

Es un delito subir a un tren con la intención de dañar propiedad o a una persona, sin importar la naturaleza de dicho daño.

Esto es un Delito menor de clase A punible con hasta 1 año de prisión (daño a la propiedad o a la persona) o Delito de clase C punible con hasta 20 años (robo o asesinato), y/o una multa.

  1. También existen cargos estatales por comportamientos específicos de los ferrocarriles.

En Washington, existen cargos por:

Obstruir o demorar un tren (RCW 81.48.020)

Este cargo es bastante amplio y criminaliza el obstruir, impedir o demorar un vagón de ferrocarril.

Se trata de un delito menor que se castiga con hasta 90 días de cárcel y/o una multa de $1,000.

Daño malicioso a propiedad ferroviaria (RCW 81.60.070)

Alterar cualquier equipo o estructura ferroviaria es un delito en Washington. Las estructuras ferroviarias incluyen terraplenes y alcantarillas.. Técnicamente, debes manipularlo de manera que ponga en peligro la seguridad de la propiedad o de las personas. También ten en cuenta que lanzar un “proyectil peligroso” contra un vagón de ferrocarril está cubierto por este estatuto.

Esto es un Delito menor de clase B castigable con hasta 10 años de prisión estatal y/o una multa de $5,000.

Sabotaje del material rodante (RCW 81.60.080)

“Rolling stock” se refiere a algo que rueda sobre una vía de ferrocarril. Si usted toma, remueve, daña, altera o interfiere con alguna parte de un vagón, y tiene la intención de dañar el vagón o privar a su propietario de él, es posible que haya cometido este delito.

Esto es un Delito de clase C castigable con hasta 5 años de prisión estatal y/o una multa de $1,000.

  1. Algunos estados no tienen cargos especiales relacionados con ferrocarriles o trenes, pero las protestas ferroviarias aún pueden atraer atención legal especial.

En Oregón, entrar o permanecer en patios de ferrocarril, vías, puentes o derechos de vía constituye automáticamente allanamiento de morada criminal en primer grado, un Delito menor de clase A se castiga con hasta 1 año de cárcel y/o una multa de $6,250.

Interferir u obstruir el servicio de un ferrocarril, o usar, reorganizar, manipular o dañar propiedad ferroviaria constituye automáticamente vandalismo criminal en primer grado, un Delito de clase C, lo cual se castiga con hasta 5 años de prisión y/o una multa de $125,000.

Otros estados tienen estatutos o leyes diferentes; asegúrate de investigar las leyes de tu estado.

Lo que hemos visto hasta ahora en las acciones ferroviarias...

  • En una serie de protestas laborales en 2013 en la nueva estación de granos EGT en Longview, WA, un fuerte pueblo sindicalista, los miembros del sindicato derribaron cercas, bloquearon trenes e incluso liberaron la carga de granos durante sus protestas. Los cargos más comunes que se persiguieron contra los activistas fueron allanamiento de morada y obstrucción o demora de tren (ver arriba). La mayoría de los otros cargos (como conducta desordenada, obstrucción de un oficial de policía, daños maliciosos) fueron desestimados, y los demás terminaron en acuerdos de culpabilidad o juicios (con algunos jurados que se negaron a declarar culpables). Los castigos consistieron principalmente en servicio comunitario y multas. *Se aplican reglas especiales a las luchas y acciones laborales sindicales.
  • En septiembre de 2013 y abril de 2014, de 5 a 20 activistas en Missoula, MT, bloquearon el paso de un tren de carbón al ubicarse lo suficientemente cerca de las vías como para hacer inseguro el paso del tren. Recibieron una advertencia para que despejaran las vías y se les dijo que quienes permanecieran serían citados. Quienes fueron citados enfrentaron principalmente cargos de allanamiento y conducta desordenada. El tren fue desacelerado, pero no se detuvo.

Nota: En todo el país, la allanamiento de morada criminal sigue siendo el cargo más común para los activistas involucrados en acciones ferroviarias. Tenga en cuenta que, al igual que en otros tipos de acciones, los manifestantes también pueden ser acusados de allanamiento de morada criminal, daños a la propiedad, conducta desordenada o molestia pública.

Las condiciones de libertad condicional y la restitución son castigos comunes por acciones de justicia climática, pero no se informan con frecuencia.

Puertos

Deberías saber

Los puertos se consideran municipios separados con carta constitutiva otorgada por el estado (como una ciudad o un pueblo). Es probable que la propiedad del puerto sea propiedad del municipio portuario, una corporación o particulares. La ley estatal se aplica en los puertos, pero también pueden aplicarse algunos cargos federales porque los puertos se consideran infraestructura crítica para el comercio. Los puertos, al igual que otras entidades municipales, tienen sus propias fuerzas policiales para investigar y hacer cumplir las leyes relativas a la propiedad del puerto, lo que puede incluir propiedades portuarias del interior.

Port Block - Portland (Photo Credit: Portland Rising Tide)

Bloqueo de puerto – Portland (Crédito de la foto: Portland Rising Tide)

 

¿Cuáles son los riesgos?

Al igual que con los ferrocarriles, existen cargos especiales estatales y federales que pueden presentarse contra los manifestantes que realicen acciones en los puertos.

  1. Los cargos federales suelen implicar el uso de la violencia, pero muchas acciones no violentas pueden acarrear cargos graves. Hay dos cargos federales que vale la pena señalar:

Embarque de embarcaciones antes de la llegada (18 U.S.C. § 2279)

Abordar una embarcación antes de que haya atracado por completo, es decir, antes de que haya llegado a puerto, es un delito.

Esto es un Delito menor de clase B punible con hasta seis meses de prisión y/o una multa.

Destrucción de materiales, locales o servicios de defensa nacional (18 U.S.C. § 2155)

Vimos uno también debajo de los ferrocarriles. El cargo cubre el daño o la destrucción de material, instalaciones o servicios públicos de defensa nacional, que pueden incluir instalaciones portuarias. Tienes que tener la intención de dañar, interferir u obstruir la defensa nacional. También es un delito intentar hacerlo.

“Materiales, instalaciones y servicios públicos” abarca muelles, embarcaderos, pilotes, puentes, presas, canales, esclusas, barcos o edificios que podrían estar involucrados en el movimiento de material de defensa o tropas.

Esto es un Delito de clase C punible con hasta 20 años de prisión y/o multas.

  1. Los cargos estatales son menos comunes para la actividad portuaria. Algunos estados pueden tener estatutos o leyes diferentes, asegúrese de investigar las leyes de su estado.

En Washington existe un cargo por:

Obstrucción de la navegación (RCW 88.28.050)

Este cargo cubre la obstrucción de la porción navegable o canal de un puerto, bahía, río o arroyo de cualquier manera.

Se trata de un delito menor sancionado con una multa de hasta $300.

Nota: algunos estados, como Oregón, no tienen cargos especiales relacionados con puertos. Pero, de nuevo, los manifestantes pueden enfrentar cargos típicos de activistas como allanamiento de morada, daños a la propiedad, alteración del orden público o molestia pública. Además, si ingresa a una embarcación o edificio con la intención de cometer un delito, puede ser acusado de robo con allanamiento de morada (delito grave). Investigue las leyes de su estado.

Lo que hemos visto hasta ahora en las acciones de Port...

  • El 12 de diciembre de 2012, activistas de Occupy lograron cerrar con éxito el Puerto de Portland. No hubo cargos contra los activistas por el cierre en sí (otros fueron arrestados fuera del sitio de la protesta por delitos no relacionados).
  • Dos personas se encadenaron a equipos y retrasaron la salida de los envíos de Megaload en el Puerto de Umatilla el 2 de diciembre de 2013 (en propiedad del puerto interior). Enfrentaron cargos por alteración del orden público.
  • La acción laboral descrita anteriormente bajo Ferrocarriles tuvo lugar en propiedad portuaria en Longview y Vancouver, WA.

Servicios públicos

Seneca Protest - Eugene (Photo Credit: Cascadia Forest Defenders)

Protesta Seneca – Eugene (Crédito de la foto: Cascadia Forest Defenders)

Deberías saber

Servicios públicos, servicios públicos o instalaciones energéticas son la infraestructura que produce o transmite energía al público, o las empresas propietarias de dicha infraestructura. La electricidad, el gas, el petróleo, el agua y el alcantarillado son todos servicios públicos. Aunque generalmente son de propiedad privada, los servicios públicos gozan de protecciones legales especiales debido a su importancia para el público en general.

¿Cuáles son los riesgos?

Existen cargos federales especiales que se pueden presentar contra los manifestantes que interfieren con los servicios públicos.

  1. Los cargos federales suelen implicar el uso de la violencia, pero muchas acciones no violentas pueden acarrear cargos graves. Los cargos federales incluyen:

Destrucción de una instalación energética (18 U.S.C. § 1366)

Contrario a su nombre, este cargo cubre más que solo “destrucción”. También es un delito dañar una instalación involucrada en la producción, almacenamiento, transmisión o distribución de energía., o intentar hacerlo. Esto incluye ductos, ya estén en construcción o en operación.

Si este daño provoca una interrupción significativa en la producción de la instalación (o si causas más de $100,000 en daño), esto es un Delito de clase C punible con hasta 20 años de prisión y/o una multa.

Es un Delito de Clase E se castiga con hasta 5 años de prisión y/o una multa si se causan daños por un monto de hasta $5,00 y no se produce una interrupción significativa.

Tenga en cuenta: se aplican estos cargos incluso a instalaciones que no funcionan — en construcción o fuera de servicio.

Destrucción de materiales, locales o servicios de defensa nacional (18 U.S.C. § 2155)

Vimos esto en las secciones de ferrocarriles y puertos. El cargo cubre el daño o la destrucción de material, instalaciones o servicios públicos de defensa nacional. Debe tener la intención de dañar, interferir u obstruir la defensa nacional. También es un delito intentar hacerlo.

“Materiales, instalaciones y servicios públicos” incluye plantas eléctricas, líneas, tuberías de gas, tuberías, postes, edificios o estructuras que suministran energía a instalaciones de defensa nacional o fuerzas armadas. Hay muchas instalaciones de defensa nacional y muchas fuerzas armadas, por lo que esto incluye una gran cantidad de servicios públicos.

Esto es un Delito de clase C punible con hasta 20 años de prisión y/o multas.

Sanciones penales por dañar un oleoducto o una instalación(49 U.S.C. § 60123)

Es un delito dañar o destruir una instalación de gas interestatal o de ductos de líquidos peligrosos, o un ducto utilizado en el comercio interestatal —lo que significa que debe cruzar una línea estatal, lo cual hacen la mayoría de los ductos—. Así que intentar hacerlo.

Esto es un Delito de clase C punible con hasta 20 años de prisión y/o multas.

  1. Los estados no pueden tener cargos especiales relacionados con los servicios públicos.

Sin embargo, en Washington, causar una interrupción o un impedimento en el servicio público mediante el daño físico o la alteración de la propiedad de los servicios públicos constituye automáticamente un vandalismo en primer grado, un Delito menor de clase B se castiga con hasta 10 años de prisión y una multa de $20,000.

Causar un riesgo sustancial de interrupción o daño de este tipo al dañar o manipular bienes de servicios públicos constituye automáticamente un acto de vandalismo menor en segundo grado, un Delito de clase C castigable con hasta cinco años de prisión y una multa de $10,000.

En Oregón, interferir u obstruir el servicio de un servicio público, o usar, reorganizar, manipular o dañar la propiedad de un servicio público constituye automáticamente un delito menor de daños criminales en primer grado, un Delito de clase C, lo cual se castiga con hasta 5 años de prisión y/o una multa de $125,000.

Lo que hemos visto hasta ahora en las acciones de las Instalaciones de Energía…

  • En Asheville, Carolina del Norte, en febrero de 2012, miembros de Greenpeace escalaron vallas para acceder a una instalación de Progress Energy, se encadenaron a equipos y colgaron una pancarta desde lo alto de una chimenea inactiva. Dieciséis personas fueron arrestadas y acusadas de allanamiento y algunas de entrada ilegal.
  • En julio de 2012, el grupo Oakridge 3 atravesó tres cercas en las instalaciones de almacenamiento nuclear Y-12 en Oak Ridge, Tennessee y vandalizó el exterior de un edificio. Fueron acusados de una variedad de delitos, pero finalmente fueron declarados culpables de dañar instalaciones de defensa nacional (ver arriba). Una de las activistas, una monja, recibió 3 años de prisión. Las otras dos, que tenían historiales delictivos más largos, fueron sentenciadas a 5 años.
  • Algunos activistas del "Green Scare" fueron acusados bajo el Título 18 del Código de los Estados Unidos, sección 1366 (Destrucción de una instalación energética), por una acción de sabotaje que derribó líneas eléctricas de la Bonneville Power Administration en diciembre de 1999. No fueron declarados culpables de este delito porque se llegaron a acuerdos de declaración de culpabilidad.

Nota: Vale la pena repetirlo: además de los cargos mencionados anteriormente, los manifestantes pueden enfrentar cargos típicos para activistas, como allanamiento de morada, daños a la propiedad, alteración del orden público o molestia pública.

Recuerda siempre que es difícil predecir qué cargos presentarán los fiscales. Que no hayan buscado un cargo en particular esta vez no significa que no lo hagan en el futuro.

Entender qué conducta es ilegal

Reconocer que acciones tales como hacer planes, explorar, amenazar, intentar y transmitir información falsa suelen estar cubiertos por el cargo.

Investiga tus asuntos legales de antemano ante cualquier posible escenario de arresto.

Haz valer tus derechos.

Conoce tus derechos

Qué hacer al interactuar con la policía

Consejos básicos

  • No tienes permitido mentirle a la policía, pero ellos sí pueden mentirte (y deberías esperar que lo hagan).
  • Mantén tus manos visibles y no hagas movimientos bruscos.
  • No vayas a ningún lado con un policía a menos que estés bajo arresto.
  • Permanece en áreas bien iluminadas y donde haya testigos.
  • Asuma que está siendo grabado por la policía.
  • Si es posible, graba al oficial de policía o haz que alguien más lo haga. Es legal grabar a policías en un lugar público si les informas que estás grabando y no estás interfiriendo con sus labores.
  • Sé cortés pero firme al defender tus derechos.

La policía interfiere con los derechos de las personas de tres maneras distintas: Conversación, Retención, y Arresto. Identifica tu situación para conocer tus derechos, y ten en cuenta que si un policía te da una advertencia o una orden y la ignoras, podrías ser arrestado. Cualquier cosa que diga puede y será utilizada en su contra, así que mantenga la calma y el control.

Nivel I: Conversación

Los oficiales de policía tienen el derecho de acercarse a usted y hacerle preguntas, pero en ausencia de una sospecha razonable de que usted está involucrado en actividades delictivas, un oficial no puede detenerlo. No tienes que responder ninguna pregunta. No tiene que identificarse ante un oficial en este nivel a menos que esté conduciendo un vehículo motorizado; esto incluye a ciudadanos no estadounidenses. Los menores (menores de 18 años) no tienen que responder ninguna pregunta de la policía a menos que un padre o abogado esté presente. Determine si se encuentra en una situación de Nivel I preguntando si es libre de irse. Si eres libre de irte, vete.

“¿Me están deteniendo?”

Nivel II: Detención

Si un oficial tiene sospechas razonables de que has estado involucrado en un crimen, pueden detenerte para interrogarte. Debes identificarte si te lo solicitan en esta etapa (nombre, dirección, fecha de nacimiento). En la mayoría de los estados, no tienes que presentar una tarjeta de identificación a menos que seas el conductor de un vehículo. Proveer información falsa es un delito. No consientas a un registro, pero si la policía tiene causa probable o una orden (la cual debes pedir ver), no necesitan tu consentimiento. Pero nunca des tu consentimiento verbalmente. Repito: “No consiento esta búsqueda.” La policía puede palpar tu ropa si tiene una sospecha razonable de que llevas un arma oculta; no te resistas físicamente, pero deja claro que no consientes ninguna búsqueda adicional. No hable con la policía. Diga: “Invoco mi derecho de la Quinta Enmienda a guardar silencio. Quiero un abogado”.” La policía tiene permitido mentirte, y cualquier cosa que digas (así como el silencio total) podría ser usada en tu contra y proporcionar a la policía una causa probable para arrestarte. No huyas, incluso si crees que lo que te está sucediendo es ilegal; esto podría llevar a tu arresto y a que te lastimen. Anote los nombres y números de placa de los oficiales, y escriba todo lo sucedido lo antes posible.

Nivel III: Arresto

Pida un abogado inmediatamente al ser detenido. Repita esta exigencia cuantas veces sea necesario. Tiene derecho a guardar silencio; espere a su abogado antes de decir nada. En la mayoría de las circunstancias, si te niegas a proporcionar tu nombre y dirección mientras estás bajo custodia, no serás elegible para la liberación ni para un abogado de oficio. Dentro de un tiempo razonable, la policía debe permitirte hacer una llamada telefónica a tu abogado y no puede escuchar legalmente esa llamada (¡pero asume que lo harán!). No hables con otros arrestados sobre las circunstancias del arresto; nunca sabes quién podría estar escuchando/grabando o si en realidad estás hablando con un informante o un oficial encubierto. Deben proporcionarte atención médica adecuada mientras estés bajo custodia. Si está tomando medicamentos, informe a la cárcel de ese hecho inmediatamente y repetidamente, por escrito si es posible. Si tienes restricciones dietéticas por motivos de salud o religiosos, la cárcel puede estar obligada a proporcionarte comidas alternativas. Informe a la cárcel sobre sus necesidades dietéticas tan pronto como llegue. Si la cárcel no satisface esas necesidades, inicie el proceso de quejas de inmediato. Las personas transgénero tienen derecho a estar seguras mientras están bajo custodia. Informe al personal de la cárcel sobre los problemas que le preocupen.

¿Qué sucede después?

Ya sea mientras esté detenido o poco después de su liberación, se le requerirá comparecer ante el tribunal para una audiencia de lectura de cargos. Declárate NO CULPABLE de todos los cargos. Solicite un abogado de oficio si así lo desea. Recibirá una fecha de corte futura para presentarse. Ponte en contacto con tu abogado lo antes posible. Es tu responsabilidad mantenerte en contacto con tu abogado; esto puede ser frustrante, ¡pero será esencial para tu defensa! Si eliges ir a juicio, puede ser tu responsabilidad localizar y asegurar testigos en tu nombre. Si eres declarado culpable en el juicio, o decides declararte culpable más tarde, se te permite retrasar la sentencia al menos 48 horas. En la audiencia de sentencia, se te puede ordenar cumplir tiempo en la cárcel, así que prepárate para presentarte en la cárcel de inmediato. Libertad condicional te exige que obedezcas todas las leyes. Un arresto posterior mientras te encuentras en libertad condicional podría resultar en un caso de violación de libertad condicional separado y un castigo adicional, incluyendo cárcel.

Cultura de Seguridad: Lo Básico

No presumas Estás comprometido con el activismo para proteger el planeta de una mayor destrucción, no para ganar puntos. Presumir sobre acciones —pasadas, presentes o futuras— te pone a ti y a tu comunidad en riesgo. El gobierno puede usar la fanfarronería para recopilar información sobre ti, tus camaradas y las acciones, y también puede decidir atacarte para obtener más información. Esto se aplica tanto a la “vida real” como a los medios electrónicos. Las agencias gubernamentales monitorean de cerca el correo electrónico, Facebook y otros sitios web, teléfonos celulares y todas las comunicaciones electrónicas.

No Chismees Al igual que jactarse, chismear crea un vínculo débil a través del cual el gobierno puede recopilar información sobre una comunidad para usarla en su contra. Además, el chisme abre oportunidades para que el gobierno explote o incluso cree desacuerdos y tensiones entre activistas. Incluso si el gobierno no usa tus chismes para hacer daño, tú podrías hacerlo de todos modos; los chismes pueden llevar fácilmente a que buenos activistas abandonen los movimientos. El chisme en línea puede ser especialmente perjudicial para las personas y las comunidades, y la mayoría de los problemas que surgen dentro de las comunidades activistas no necesitan ser transmitidos al público y al gobierno.

Operar bajo un principio de “solo lo necesario” Comparte información solo con quienes NECESITAS que la sepan, y solo con las personas que NECESITAN saberla. Cualquier difusión adicional crea riesgos innecesarios de que la información llegue a informantes, personas que chismorrearán o personas que no querían la responsabilidad de saber dicha información. Además, al compartir información sensible con personas seleccionadas, sé consciente de quién y qué hay a tu alrededor. No compartas información en presencia de nadie que no necesite saberla, ni en presencia de ningún dispositivo electrónico, cámaras de seguridad, lugares que puedan estar intervenidos, etc.

No son quienes crees

Infiltrado: alguien que se introduce en un grupo o territorio con intenciones hostiles, usualmente con el respaldo de una agencia gubernamental o corporación.

Informante: persona que proporciona información sobre un individuo o una comunidad a una agencia gubernamental o corporación.

Provocador: una persona empleada por una agencia gubernamental o corporación para crear problemas en una comunidad y/o para animar a una comunidad o a miembros individuales a participar en acciones violentas.

Soplón: uno que le da la espalda a su comunidad y asume uno o más de los roles anteriores.

¿Qué hacer?

Asume que infiltrados, informantes y provocadores están dentro de cualquier comunidad activista y responde en consecuencia. Mantente alerta ante comportamientos sospechosos de otros y adhiérete a prácticas de cultura de seguridad para ayudar a reducir el daño que estas partes no bienvenidas pueden causar. Si alguien parece haber aparecido de la nada, hace demasiadas preguntas, genera disidencia innecesaria, crea chismes dañinos, presiona a otros a participar en actividades violentas, o se comporta de otras maneras que sugieren que no les importa lo que sea mejor para la causa, los demás activistas y la comunidad, no confíes en ellos. Pueden estar trabajando para el gobierno o una corporación deseosa de recopilar información sobre activistas y de intentar desmantelar grupos efectivos.

Además de ser cauteloso con el peligro que representan las personas a las que se les paga para infiltrarse en comunidades activistas, debes tener cuidado de no confiar en personas que eventualmente puedan delatar. Si por alguna razón crees que alguien no podría soportar la presión de la policía, el FBI u otra agencia gubernamental, o crees que alguien sería tentado por ofertas de reducción de sentencia o dinero por traicionar a sus camaradas, no compartas información libremente con ellos.

Para ver el video de nuestra capacitación Conoce tus derechos para activistas, ve a:

www.cldc.org/conoce-tus-derechos-para-activistas

Contactar con CLDC para organizar una capacitación o una serie de capacitaciones para tu comunidad.

Si aprecias recursos activistas como esta guía introductoria y nuestros entrenamientos Conoce tus derechos, considera hacerte miembro del Civil Liberties Defense Center o realizar una donación para apoyar el trabajo de CLDC. Visita https://cldc.org/donate/ para más información sobre cómo puedes ayudar.

Demanda de Derechos

  • No hablaré contigo ni con nadie sobre nada.
  • Exijo tener un abogado presente antes de hablar con usted o con cualquier otra persona.
  • No responderé preguntas ni a acusaciones sin la presencia de mi abogado.
  • No consiento realizar ninguna prueba, aceptar ninguna revisión ni participar en ningún reconocimiento.
  • No firmaré nada a menos que mi abogado esté de acuerdo en que debo hacerlo.
  • No renunciaré a ninguno de mis derechos constitucionales.

Notas

* A título explicativo: “El material de defensa nacional“ se refiere a armas, armamento, municiones, ganado, forraje, productos forestales y madera en pie, existencias de ropa, aire, agua, alimentos, comestibles, combustible, suministros, municiones y todos los demás artículos de cualquier descripción y cualquier parte o ingrediente de los mismos, destinados, adaptados o adecuados para el uso de los Estados Unidos en conexión con la defensa nacional o para uso en o en conexión con la producción, fabricación, reparación, almacenamiento, minería, extracción, distribución, carga, descarga o transporte de cualquiera de los materiales u otros artículos antes mencionados o cualquier parte o ingrediente de los mismos.

Los términos “predios de defensa nacional” incluyen todos los edificios, terrenos, minas u otros lugares donde dicho material de defensa nacional esté siendo producido, fabricado, reparado, almacenado, extraído, distribuido, cargado, descargado o transportado, junto con toda la maquinaria y aparatos contenidos en ellos; y todos los fuertes, arsenales, astilleros, campamentos, prisiones u otras instalaciones de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos.

Los términos “empresas de defensa nacional” incluyen todos los ferrocarriles, vías férreas, líneas eléctricas, carreteras de cualquier tipo, instalaciones fijas de ferrocarril o vía férrea, canales, esclusas, represas, muelles, atracaderos, diques, puentes, edificios, estructuras, motores, máquinas, artefactos mecánicos, vagones, vehículos, embarcaciones, aeronaves, aeródromos, rutas aéreas, y sus instalaciones o accesorios, o cualquier otro medio de transporte, por o mediante el cual se transporte o pueda transportarse dicho material de defensa nacional, o cualquier tropa de los Estados Unidos, ya sea dentro de los límites de los Estados Unidos o en alta mar o en cualquier otro lugar; y todos los sistemas de aire acondicionado, represas, embalses, acueductos, tuberías y cañerías de agua y gas, estructuras y edificios, por o en conexión con los cuales se pueda suministrar aire, agua o gas a cualquier instalación de defensa nacional o a las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos, y todas las plantas de luz y fuerza eléctrica, de vapor o a presión de aire, de telefonía y telégrafía, postes, cables, instalaciones fijas y estaciones de radio, y los edificios relacionados con el mantenimiento y operación de los mismos utilizados para suministrar aire, agua, luz, calor, energía o servicios de comunicación a cualquier instalación de defensa nacional o a las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos. [De 18 U.S.C. § 2151]

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