Afirmando el derecho a grabar a la policía

20 de mayo de 2015

por Rebecca K. Smith, presidenta de la junta de CLDC y abogada colaboradora

CLDC Blog copwatch 5.18

La semana pasada, tribunales federales emitieron dos decisiones que afirman el derecho de los ciudadanos a grabar a la policía bajo la Primera Enmienda. En Atlanta, un tribunal declaró al departamento de policía en desacato por violar una orden judicial previa para permitir que los ciudadanos grabaran a la policía. En Nueva York, un tribunal dictaminó que grabar a la policía es un “derecho claramente establecido” bajo la Constitución de los Estados Unidos, y que si un oficial de policía viola ese derecho, puede ser demandado en un tribunal federal.

Primero, en Anderson contra Atlanta, el tribunal abordó una orden judicial previa que había ordenado a la policía de Atlanta implementar reformas en sus políticas de capacitación y llevar a cabo capacitación obligatoria en persona para todos los oficiales sobre dichas reformas. En parte, la nueva política requerida establece: “Todos los empleados tendrán prohibido interferir con el derecho de un ciudadano a grabar la actividad policial por medios fotográficos, de video o de audio. Esta prohibición estará en vigor siempre que la grabación por parte del ciudadano no interfiera físicamente con el desempeño de las funciones de un oficial”. La violación de esta política por parte de un oficial resultaría en su despido.

En la orden por desacato dictada por el tribunal, este determinó que la policía de Atlanta no había realizado los cambios requeridos en su política y que, por lo tanto, tampoco había implementado ni hecho cumplir dichos cambios. El tribunal declaró a la policía de Atlanta en desacato, impuso sanciones y le otorgó al demandante $30,000 en concepto de honorarios de abogados por litigar la moción de desacato. El tribunal le dio a la policía 45 días para cumplir con su orden. El tribunal declaró que, una vez vencidos los 45 días, impondría una multa de $10,000 por día.

Segundo, en Higginbotham contra Nueva York, el tribunal abordó una demanda que alegaba que un periodista que cubría las protestas de Occupy Wall Street fue arrestado falsamente y se le impidió ejercer sus derechos de la Primera Enmienda. En 2011, el demandante trabajaba como videoperiodista independiente cubriendo una protesta de Occupy Wall Street. El demandante se había subido a una cabina telefónica para grabar un arresto cercano. Un oficial de policía le ordenó que bajara, pero él no cumplió de inmediato porque había demasiada gente a su alrededor. Cuando comenzó a bajar, los oficiales le agarraron las piernas, se le cayó la cámara y cayó al suelo. Los oficiales lo esposaron y lo mantuvieron bajo custodia durante cuatro horas antes de liberarlo. Fue acusado de alteración del orden público, pero el cargo fue desestimado posteriormente.

En el caso, la corte rechazó la moción de los oficiales para desestimar la demanda. La corte sostuvo que la demanda planteaba una reclamación plausible de arresto falso. La corte además sostuvo que la demanda planteaba una reclamación plausible de que el demandante fue arrestado en represalia por intentar ejercer sus derechos de la Primera Enmienda. La corte señaló que ’Todos los tribunales de circuito que han [abordado el tema] han llegado a la conclusión de que la Primera Enmienda protege el derecho a grabar a los oficiales de policía en el desempeño de sus funciones en un espacio público, sujeto a restricciones razonables de tiempo, lugar y manera“. Después de discutir las importantes metas de prohibir la censura gubernamental y promover la libre discusión de los asuntos gubernamentales, la corte sostuvo que ”[l]a grabación en video de oficiales de policía en el desempeño de sus funciones en público fomenta claramente estas metas de la Primera Enmienda“. La corte además sostuvo que ”[l]a grabación en video desde una distancia razonable es, argumentablemente, menos un obstáculo para la actividad policial legítima que los desafíos verbales [a los oficiales de policía] que la Primera Enmienda protege indudablemente“.”

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